Siguiendo con las informaciones periódicas sobre ayudas, en la presente publicación, haremos referencia a la convocatoria de becas y ayudas a desempleados que participen en acciones formativas para el empleo por parte de la Xunta de Galicia. El objetivo es la regulación de este tipo de becas y ayudas convocadas por la Consellería de Emprego, Economía e Industria, y también las acciones formativas de la Dirección Xeral de Orientación e promoción laboral.
Beneficiarios:
Aquellas personas trabajadores inscritas como demandantes de empleo en el Servizo Público de Emprego de Galicia en la fecha de inicio de la acción formativa, o en el momento de su incorporación a la acción formativa, teniendo en cuenta que no se hayan rechazado ofertas adecuadas de trabajo, ni que se hayan negado a participar en actividades de promoción, formación o reconversión profesional en los 3 meses anteriores al inicio de la acción formativa.
Personas ocupadas que adquieran la condición de demandantes de empleo en el Servizo Público de Emprego de Galicia durante el desarrollo de la acción formativa, pudiéndose percibir la ayuda a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se conviertan en desempleados. Igualmente, si dejan de cumplir las anteriores condiciones, se dejará de percibir la ayuda a partir del primer día del mes siguiente a que se produzca esta situación.
Tipos de ayudas:
- Becas de asistencia: Podrán percibir una beca consistente en 9 euros por día de asistencia siempre que:
- Tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Se participe en una acción formativa vinculada a la realización de actividades de mejora de la empleabilidad incluida en su Itinerario Personalizado de Inserción vigente.
Ha de acreditarse tener rentas menores al 75% del iprem.
- Ayudas de transporte:
- Transporte público urbano: 1,5 € por día de asistencia.
- Transporte público interurbano: 6 € por día de asistencia.
- Ayuda por transporte en vehículo propio: 0,15 €/km y día, con un máximo de 20 euros diarios.
Para la percepción de cualquiera de estas ayudas será necesaria la presentación de una declaración responsable
- Ayudas de Manutención y Alojamiento y manutención:
- Si hablamos de formaciones de mañana y tarde, con una distancia superior a 20 km: 12 €/día de manutención.
- En caso de distancia mayor de 100 km, e imposibilidad de poder hacerse diariamente ese desplazamiento, existirá una ayuda de Alojamiento y manutención. Los gastos tendrán que ser debidamente justificados.
- Ayudas a la conciliación: Los desempleados que tengan que compatibilizar el curso con el cuidado de hijos menores o de familiares dependientes de hasta 2º grado, tendrán derecho a una ayuda del 75% del iprem diario por día de asistencia.
Como en el caso de todas ayudas, la situación ha de justificarse debidamente.
- Ayudas para mujeres víctimas de violencia de género: La acreditación de la condición de mujer víctima de violencia de género implicará una ayuda de 10 € por día de asistencia.
Requisitos:
- No podrán ser beneficiarios las personas en las que concurra alguna de las circunstancias incluidas en el artículo 10 de la ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
- La duración del curso ha de ser igual o superior a 4 horas diarias y 20 semanales.
- Todas las ayudas son compatibles entre sí, salvo la de transporte público y la de transporte privado, y la de transporte privado con la de alojamiento y manutención.
Lugar de tramitación:
Consellería de Economía, Emprego e Industria. Subdirección xeral de promoción laboral
Consellería de Economía, Emprego e Industria. Centro de novas tecnoloxías de Galicia.
Xefaturas territoriais de A Coruña, Lugo, Ourense e Pontevedra da Consellería de Economía, Emprego e Industria.
Plazo de presentación
Abierto todo el año
Normativa
Documentación asociada