Nuevo modelo de comunicación de apertura o comienzo de actividad en los centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia

Ayer día 12 de julio, se publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOGA) la orden de 1 de julio de 2016 por la que se aprueba y se da publicidad al modelo de comunicación de apertura o recomienzo de actividad de los centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, que entra en vigor hoy 13 de julio.

Las principales novedades que establece dicha orden son las siguientes:

  • Presentación de las comunicaciones: el artículo 2 de la orden establece que la presentación de las comunicaciones se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica da Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Para dicha presentación será necesario el D.N.I electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede da Xunta de Galicia.
  • Comunicación de modificación de datos: la Orden TIN/107/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o recomienzo de operaciones en los centros de trabajo, en relación con las obras de construcción, los cambios no identificados inicialmente se comunicarán en el epígrafe denominado <<modificación de datos del anexo I, parte A>>. Dichas modificaciones deberán ser comunicadas igualmente de manera electrónica.
  • Documentación:
    • En el caso de obras de construcción:
      • Plan de seguridad y salud en el trabajo, cuando sea de aplicación el Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción. Si no fuese exigible el plan de seguridad y salud, deberá aportarse la correspondiente evaluación de riesgos.
      • Acta de aprobación del plan de seguridad, si fuese exigible.
    • En el caso de actividades detalladas en el Decreto 133/2008, de 12 de junio, por el que se regula la evaluación de incidencia ambiental:
      • Proyecto técnico redactado por técnico competente en materia y memoria descriptiva en que se detallen los aspectos básicos relativos a la actividad, a su localidad y repercusiones en el medio ambiente.
    • La documentación complementaria se presentará, asimismo, de manera electrónica, utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la comunicación, el interesado deberá mencionar el código y órgano responsable del procedimiento, número de expediente o código único de registro.
    • Por otra parte, se establece en dicha orden que, en caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños límite establecidos por la sede electrónica, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos. De la misma manera, deberá indica el interesado mencionar el código u órgano responsable del procedimiento.
  • Orden de 1 de julio de 2016 por la que se aprueba y se da publicidad al modelo de comunicación de apertura o recomienzo de actividad de los centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.  (En el Anexo I de la orden, pueden visualizarse los nuevos modelos).

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