Este verano, a raíz de la decisión de determinadas entidades bancarias de aplicar una comisión de dos euros por la retirada en cajero a no clientes, se desató la “batalla de los cajeros”. Las grandes entidades empezaron a aplicar estas comisiones argumentando la gran inversión que hacen en su red de cajeros; realmente, la aparición de entidades casi sin red pero que trabajan con sus cajeros es el detonante de la aplicación de las comisiones antes nombradas.
La cuestión es que dicha situación implica que al cliente se le pasaría a cobrar no solo lo que cobra la entidad emisora de la tarjeta, sino también esta comisión por el uso del cajero, y ello es lo que provocó en su día la queja del Banco de España y proceso de legislación posterior en el que nos encontramos. Esta postura del Banco de España en contra de las “dobles comisiones” fue en su día secundada por el Ministerio de Economía, tras lo cual el Banco de España ha pedido al Gobierno que legisle sobre este asunto; este escenario ha hecho que el Ministerio de Economía anunciase a mediados de este mes que haría una modificación de la norma.
Ante esta situación se están barajando dos posibilidades para la nueva norma:
– Cobro de comisiones a los clientes cuando van a sacar efectivo de un cajero distinto al de su banco, dicho cobro corresponderá únicamente al propietario del cajero.
– Cobro de comisiones a la entidad emisora de la tarjeta por parte del propietario del cajero, no cobrando el emisor del cajero en ningún momento al usuario. Eso sí, el banco emisor de la tarjeta podría poner algún tipo de tarifa a su cliente por el uso de un terminal de un propietario diferente.
La propuesta del Ministerio de economía en este último caso es que las dos entidades lleguen a un acuerdo sobre el importe de la comisión, pero si nos encontrásemos ante el caso de que no se llegue a acuerdo alguno sería el propietario del cajero quien fijase la comisión. Esta propuesta es la que ha hecho que las negociaciones entre entidades bancarias no avanzaran el pasado verano y haya tenido que intervenir primero el Banco de España y después el Ministerio de Economía.
De todos modos la norma exigirá que el Banco de España sea informado en todo momento de las comisiones, en caso de no ser informado de modo reiterado esta actuación se considerará infracción muy grave.