Programa Re-Acciona de ayudas cofinanciado por el Feder Galicia 2014 – 2020

Dentro del periódico apartado de ayudas, hacemos hoy referencia al programa Re-Acciona de ayudas cofinanciado por el Feder Galicia 2014 – 2020. Los beneficiarios de estas ayudas serán las pequeñas y medianas empresas, incluidos autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial. En todo momento han de recordarse dos cosas: algún centro de trabajo ha de estar radicado en Galicia y se ha de cumplir la definición de pyme establecida por la UE.

Objeto del programa:

Este programa va orientado a 3 acciones; el análisis del potencial competitivo, la profesionalización y el desarrollo estratégico, de las siguientes maneras:

  • Análisis del potencial competitivo: En este punto se estudiarán los diversos factores que definan la capacidad de la empresa para competir en el mercado con sus procesos, estructura y cultura organizativa; tras lo que se procede a la emisión de un informe sobre la situación de la empresa y las actuaciones a llevar a cabo para alcanzar su mejora.
  • Profesionalización: En este punto se analizará la gestión financiera y sus posibilidades de financiación; asimismo, se tratará de optimizar su cadena de producción y el relanzamiento comercial
  • Desarrollo estratégico: En este punto se hará el desarrollo estratégico integral de la empresa; pudiéndose igualmente hacer planes y protocolos de empresa familiar, identificación de redes de cooperación y socios o redefinición del modelo del negocio.

Las pymes que entren en este programa podrán optar por uno o varios de los servicios; adaptándose estos a la realidad de las pymes.

Requisitos:

  • En primer lugar, tal como se ha indicado anteriormente, tener algún centro de trabajo radicado en Galicia y cumplir la definición de pyme dada por parte de la UE; siendo esta toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, así como las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular. Consideraremos además dentro de la  categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas a aquellas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance anual no exceda de 43 millones de euros. Tal como indica el reglamento de la UE nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio) en su anexo I.
  • Para el caso de “Servicio de construcción de un proyecto de futuro y plan de mejora empresarial” las pymes han de realizar previamente un análisis que aporte la información necesaria para arrancar dicho servicio, o comprometerse a que se realizará durante la primera fase del servicio.
  • En el caso de “Servicio de asesoramiento en el desarrollo de planes de acción” las pymes deben de realizar previamente un plan estratégico que de origen a los planes de acción que se vayan a desarrollar.

Cuantía de las ayudas:

Estas ayudas se articulan en ayudas en especie, reguladas en la disposición adicional tercera de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La ayuda se conforma como la diferencia entre el coste abonado por el Igape por la prestación del servicio y el importe exigido a las beneficiarias en concepto de cofinanciación.

En la siguiente tabla se indicarán los importes según servicio y empresa:

 

Servicio

Coste del servicio para el Igape (€)  

Cofinanciación (€)

Cofinanciación pyme asociada al clúster (€) Cofinanciación microempresas (€)
Análisis del potencial competitivo y primeras acciones de mejora 2.964,50 A Coruña

3.164,15 Pontevedra

4.301,55 Lugo – Ourense

 

258,00

 

194,00

 

129,00

 

Mejora de la gestión financiera y procura de financiación  

4.356,00

 

1.394,00

 

1.046,00

 

697,00

Optimización de la producción y cadena logística  

5.999,18

 

1.980,00

 

1.485,00

 

990,00

Asesoramiento para el relanzamiento comercial  

5.082,00

 

 

1.372,00

 

1.029,00

 

686,00

Implementación  de gestión por procesos 6.116,55 2.447,00 1.835,00 1.224,00
Mejora de la imagen y comunicación empresarial  

4.918,05

 

1.721,00

 

1.291,00

 

861,00

Construcción de un proyecto de futuro y plan de mejora empresarial  

5.808,00

 

1.568,00

 

1.176,00

 

784,00

Asesoramiento en el desarrollo de planes de acción  

5.808,00

 

2.497,00

 

1.873,00

 

1.249,00

Elaboración de planes y protocolos de empresa familiar  

5.445,00

 

1.851,00

 

1.388,00

 

926,00

Identificación de redes de cooperación y socios  

4.537,50

 

953,00

 

715,00

 

477,00

Asesoramiento para la redefinición de negocio  

5.898,75

 

1.298,00

 

974,00

 

649,00

 

La diferencia entre el coste del servicio y la cofinanciación privada tendrá la consideración de ayuda en especie, en régimen de minimis, y su cuantía será indicada en la resolución de la concesión.

Entenderemos, a grosso modo, como régimen de minimis a las ayudas que no han de ser autorizadas por la UE debido a que su volumen no es suficientemente elevado para poder distorsionar la competencia dentro del mercado de la UE.

Plazo de presentación:

Desde el 24 de octubre de 2016 a 25 de noviembre de 2016.

Normativa:

Publicación en el DOG

 

Compartir:

Más noticias

Mensaje enviado correctamente

Nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

Recibe un cordial saludo del equipo de ACLUNIA ASESORES.