Modificaciones en los modelos 190 y 390

El BOE del pasado 18 de noviembre publicó la Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre, por la que se modifica la orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Como consecuencia de las modificaciones introducidas en la Ley 26/2014, de 27 de noviembre y el Real Decreto-Ley 9/2015, de 10 de julio, se producen cambios en los diseños físicos y lógicos en el modelo 190, y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184.

Esta competencia para aprobar modelos y sistemas normalizados de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas se encuentra establecida en el artículo 98.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Asimismo, la regulación de la presentación telemática de autoliquidaciones y declaraciones tributarias se encuentra recogida en el artículo 98.4 de la LGT.

  • Modelo 190:
    • Se introducen subclaves, dentro de las claves A y B, para las percepciones en concepto de incapacidad laboral abonadas directamente al trabajador por alguno de los regímenes públicos de la Seguridad Social o Clases Pasivas, o en su caso, por la respectiva Mutua colaboradora de la S.S.
    • Dentro de la clave G, correspondiente a rendimientos de actividades profesionales, se crean subclaves para las percepciones abonadas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 11 de julio de 2015 cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior sea inferior a 15.000. El porcentaje de retención o ingreso a cuenta que se satisfagan o a partir del 12 de julio de 2015, será, con carácter general, del 15%.
    • Se introducen nuevas posiciones (22 a 25) dentro de la clave L, correspondiente a las rentas exentas relativas a las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción para garantizar recursos económicos de subsistencia a las personas que carezcan de ellos, así como a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos, etc. Asimismo, en la clave L, se consignaran las ayudas concedidas a víctimas de la violencia de género. Por último, en cuanto a los rendimiento en especie, modificados en la Ley 26/2014, que ha catalogado como retribuciones en especie exentas determinados supuestos que hasta  la modificación se consideraban rentas no sujetas y que por tanto, no se incluían en el modelo 190, siendo necesario incluir una nueva subclave para reflejar este tipo de retribuciones.
    • Se introducen nuevas claves, dentro de las subclaves a utilizar en las percepciones correspondientes a la clave K, en la que se diferencian los premios derivados de la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios, caracterizado por arriesgarse cantidades de dinero u otros elementos patrimoniales a cambio de la posibilidad de obtener un premio o ganancia, y que permiten minorar su importe en las pérdidas en el juego en el mismo período impositivo, de las percepciones que correspondan a premios por la participación en concursos o combinaciones aleatorias, en las que no se realice un desembolso económico por su participación, y que por tanto no son enmarcados en el concepto de “juego” y que no permiten tal compensación.

  • Modelo 390: Se sustituye el anexo I de la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores. Así:
    • Se añaden dos nuevas casillas 658 y 659, y se modifica la descripción del contenido de la casilla 84 y 86, en el apartado 7. Resultado liquidación anual (sólo para sujetos pasivos que tributan exclusivamente en territorio común)
    • Se añaden dos nuevas casillas 658 y 659, y se modifica la descripción del contenido de las casillas 84 y 94, en el apartado 8. Resultado liquidación anual (Sólo para sujetos pasivos que tributan a varias Administraciones).

Por último indicar que, la Orden HAP/2429/2015, de 10 de noviembre, ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, esto es, el 19 de noviembre, y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de las declaraciones-resúmenes correspondientes a 2015.

*En el Anexo I de la Orden podéis encontrar el nuevo modelo 390.

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